Por Unicor

El titulo del escrito puede resultar inapropiado porque lo refiero al ámbito de la Administración Distrital; expresión de la institucionalidad democrática, de la competencia funcional y del derecho.  Lo que indica una verdad de Perogrullo: que todos los actos del Gobierno de la Ciudad deben ser  rigurosos en la observancia de la Constitución y del orden jurídico.

Si eso es así, por qué entonces en la Alcaldía de Gustavo Petro, se cometen errores en la aplicación de normas de trámite administrativo ordinario; irregularidades que manchan innecesariamente los aciertos en las propuestas y logros alcanzados en la ciudad.

La elección de Gustavo Petro como Alcalde Mayor, sin dudas, mantiene un gran significado democrático, la ciudad en la tensión política permanente sigue marcando para el resto del país, el avance de las fuerzas progresistas;  la Alcaldía de Bogotá en la puja por los puestos de poder político, después de la presidencia de la República, es la joya de la corona, por tanto debe ser protegida y blindada, no solo de los ataques de los detractores, sino de los errores cometidos por quienes nos representan en la Administración Distrital.

El nombramiento por parte del Alcalde Mayor, de Polo Ávila Navarrete, como Gerente del Fondo de Vigilancia y Seguridad, sin cumplir requisitos de titulación académica, las reuniones de Selma Asprilla, asesora de la Secretaría Distrital de Gobierno, en su momento fungiendo como enérgica organizadora de grupos de presión social en contra de los operadores del Transmilenio.  Hoy la investigación que cursa contra Guillermo Asprilla, Secretario de Gobierno; de quien fue además Director de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, UAESP, a pesar de haber sido, y de ser, representante judicial de un grupo de afectados de la explosión sucedida en 1997, en el relleno  Doña Juana,  en contra del Distrito, que se encuentra condenado hoy en primera instancia, y donde el doctor Asprilla, hoy Secretario Distrital de Gobierno aparece aún como apoderado. Son manifestaciones equivocas de la administración pública que generan responsabilidades jurídicas para quienes resulten responsables por acción, omisión, o extralimitación de funciones, no obstante, lo que más debe preocupar,  además de la suerte de los compañeros funcionarios ya encartados, es que dichas actuaciones afectan la seguridad jurídica y la credibilidad de la administración, ya que brindan argumentos obvios para quienes endilgan falta de experiencia y capacidad de muchos de los nuevos altos funcionarios del Distrito, además, obligan al Alcalde Mayor a dar explicaciones, y  lo exponen a investigaciones de los órganos de control, los que están mediados por fuerzas opositoras.

La participación pública tiene disimiles caras, entre otras: la ciudadana, la individual, la de grupos sociales, política, la función pública es otra de ellas; y ésta implica de entrada reconocer un recorte de facultades -el imperio de la ley- que se expresa en el campo jurisdiccional, legislativo y ejecutivo. La dirigencia progresista y social, que hoy hace parte en todo su derecho de la Administración Distrital, tiene mucha experticia en la lucha social y política, en la parlamentaria, no tanto en la labor ejecutiva.

Por tanto el esfuerzo de hoy por parte de quienes detentan o aspiran a detentar funciones públicas en el Gobierno de la ciudad, es asumir a cabalidad su rol específico de funcionarios públicos, de agentes del Estado, la praxis diaria, el cumplimiento de requisitos, las competencias, las reglas, los procedimientos, los protocolos, en fin, el cumplimiento de la Constitución y la ley. Es sensato pues recomendar total rigurosidad en la observancia de la ley, ésta debe ser canal y aliada de los cambios sociales, su cumplimiento estricto blinda la actuación, su inobservancia por el contrario, genera incertidumbre e inmovilidad administrativa.

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