Por: Santiago Martínez
"La mejor forma de callar a una persona es desacreditando su accionar tildándolo de delincuente y criminal, y condenándolo por varios años alejándolo de la plaza publica. Así se silencia a los lideres".
El caso de Feliciano Valencia y la condena impuesta por el Tribunal de Cauca abre muchos interrogantes acerca de la justicia en Colombia. En primer lugar, existe un derecho colectivo de los pueblos indígenas a juzgar los asuntos que ocurran dentro de su territorio y con sus habitantes, lo cual se ha denominado jurisdicción especial indígena, y permite que las autoridades propias de cada comunidad juzguen sus asuntos teniendo en cuenta sus usos y costumbres, velando siempre por la guarda de los derechos fundamentales contenidos en la Constitución Política. Por esta razón no es claro el porque existe una negativa por parte del Estado en su reconocimiento y legitimación, bajo el entendido que si bien Feliciano Valencia es indígena el no hacia parte de las autoridades de su Resguardo, y por tanto el fallo condenatorio es equivocado al dar por responsable de un presunto ilícito a una persona ajena a la decisión tomada dentro del marco de la jurisdicción indígena contra el militar objeto de la investigación.
En segundo lugar, este caso se encuentra dentro de un contexto nacional en el cual se ha pretendido deslegitimar a los pueblos indígenas, sus usos y costumbres, y los derechos que les asiste como la jurisdicción especial indígena y la consulta previa. En este sentido es claro que esta decisión judicial busca desacreditar a los pueblos indígenas y sus decisiones bajo la justificación del Estado de incursionar peligrosamente dentro de la autonomía de estos pueblos y de esta manera someterlos judicialmente.
Feliciano Valencia es objeto de estas acciones jurídicas en parte por su condición de líder indígena, político y social, y para el Estado este tipo de personas son peligrosas porque las constantes denuncias, las movilizaciones ponen en riesgo al Gobierno y sus dirigentes. La mejor forma de callar a una persona es desacreditando su accionar tildándolo de delincuente y criminal, y condenándolo por varios años alejándolo de la plaza publica. Así se silencia a los lideres.
Aun así esta decisión puede ser objeto de varias estrategias jurídicas. Por ejemplo, el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia sala Penal. De igual forma cabe la posibilidad de la acción de tutela contra sentencia judicial, que la Corte Constitucional en muchos casos ha acogido por ser decisiones judiciales contrarias a derecho, y groseramente vulneradoras de los derechos fundamentales.
Finalmente solicitud de medida cautelar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos siempre y cuando se demuestre que existe persecución judicial por parte del Estado de Colombia hacia lideres sociales e indígenas, en ocasión de una política gubernamental de acabar con la oposición, lo cual es vulneratorio de los derechos consagrados en la Convención Americana. Esperar que curso toma el proceso, porque aun no hay nada en firme, el proceso judicial continua. No se ha perdido nada aun, pero si existe un ambiente de zozobra generalizado por la persecución estatal.