Fuente: OPIAC

“A nosotros los Murui, Moo Buinama nos prohibió hacerle daño a toda la riqueza Cultural material e inmaterial que tenemos en el territorio ancestral. Ahí está la vida, está el conocimiento, la  medicina. Ahí en el territorio lo tenemos todo. Si hay un daño grande en el  toda la medicina se acaba y esa es la vida de nosotros”.


El pueblo Murui de la comunidad Monai de Jitoma de Municipio de Puerto Leguízamo Putumayo Colombia, en ejercicio del derecho fundamental a la Consulta Previa, participó activamente en la ruta metodológica diseñada en el marco de los usos y costumbre, para la identificación de los impactos del proyecto “Sísmico 2D dentro del Bloque Put-12”, con la Multinacional Petrolera Amerisur Exploración Colombia Ltda, y como resultado del proceso consultivo, el 29 de marzo del 2016, en la reunión de protocolización, la comunidad no consintió que se realizará en su territorio el proyecto sísmico.

"como resultado del proceso consultivo, el 29 de marzo del 2016, en la reunión de protocolización, la comunidad no consintió que se realizará en su territorio el proyecto sísmico".

Es de resaltar que en la ruta metodológica participo el consejo de los médicos tradicionales, los abuelos y abuelas, jóvenes y líderes de la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos de los Pueblos Indígenas del Municipio de Leguizamo y Alto Resguardo Predio Putumayo – ACILAPP, se realizaron actividades de visita a territorios del pueblo Siona e Inga en donde ya se han realizado proyectos sísmicos. Las comunidades visitadas con contundencia comunicaron el desmejoramiento de la calidad de vida, la disminución de la cobertura boscosa, la pérdida de plantas sagradas, problemas culturales debido a la colonización de sus territorios, contaminación de las fuentes hídricas, entre otros. Reflexionando que los proyectos sísmicos han ahondado las problemáticas culturales y ambientales a causa del conflicto armado colombiano.

Frente a lo anterior no se puede obviar que la comunidad Monai de Jitoma del pueblo Murui, y demás pueblos del Departamento de Putumayo, cuenta con medidas de salvaguarda en el marco del auto 004 de 2009, por estar declarado en riesgo de desaparecer física y culturalmente.

Ahora bien, este espacio de consulta previa fue una oportunidad para que en las malocas y a través de las plantas sagradas de la coca y el tabaco, en los mambiaderos, guiados por los caciques, se fortaleciera la palabra de la ley de origen, se recordará la historia del pueblo y se proyectara el plan de vida del pueblo Murui. En las jornadas de mambeo se analizaron los impactos del proyecto sísmico y sus consecuencias, resaltando que la madre tierra tiene un orden natural que no puede ser afectado, y que la mayor consecuencia del proyecto es afectar este orden, que el Dios Moo Buinama estableció.

Para el pueblo Murui afectar el orden natural, y la espiritualidad de su comunidad no tiene medidas de mitigación, corrección o compensación, porque la salud espiritual del pueblo Murui no tiene precio, aunque AMERISUR Exploración Colombia Ltda., haya insistido en ofrecer 247 millones de pesos como medida de compensación.

Como se observa en las actas del proceso consultivo con AMERISUR, el pueblo Murui participó de buena fe, realizó metodologías apropiadas culturalmente, y aunque no se haya contado en todos los espacios, con la presencia del ministerio público y la autoridad ambiental, en la última reunión y gracias al acompañamiento de ACILAPP y la Organización Zonal Indígena del Putumayo – OZIP se logró que se respetará la metodología propuesta, no habiendo lugar para ningún tipo de persuasión económica a los líderes del pueblo Murui.

Ante la fortaleza del pueblo Murui, en este espacio, los representantes de la Multinacional petrolera Amerisur, expresaron que no renunciarían al proyecto, y que este no podría ser vetado por el pueblo indígena, que el Estado colombiano debería proteger los derechos de la multinacional extranjera, y que el consentimiento afirmativo de los pueblos no era obligatorio para realizar el proyecto petrolero.

¿Qué sucederá ahora? ¿Cuál es el fin de las Consultas Previas? Son los interrogantes de los integrantes de la comunidad indígena de Monai de Jitoma, que se encuentran preocupados porque ante el Estado Colombiano prevalezcan los intereses económicos de las multinacionales, frente a la salvaguarda cultural de un pueblo que se encuentra en riesgo de desaparecer física y culturalmente.

Frente a estas preocupaciones ACILAPP- radicó en la oficina del Coordinador de Derechos Humanos y Paz de la OPIAC, el Acta de protocolización sin acuerdos del proceso de Consulta Previa realizado, solicitando apoyo en acciones que velen por la protección de los derechos de los pueblos indígenas, el respeto a la libre autodeterminación e integralidad cultural y la protección de la madre tierra.

Entre tanto, la respuesta de disposición por parte de la coordinación de DD.HH. y Paz, fue inmediata manifestando que desde la Organización Nacional - OPIAC se hará lo necesario para poner en conocimiento la peticiones de la comunidad ACILAPP ante el Ministerio Publico y Organismos de Derechos Humanos Internacionales además se expondrá el Caso ante la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica -COICA para que de manera conjunta se realice el acompañamiento y asesoría a las comunidades indígenas del PUTUMAYO y CAQUETA que padecen por lo grandes impactos que causa la industria petrolera y minera, ya que se sabe de la existencia de Grandes concesiones para exploración petrolera Trasnacional que traslapan con los territorios ancestrales de los pueblos indígenas en el Putumayo y Caquetá.

La OPIAC, también ha denunciado públicamente y ante las instancias competentes el desconocimiento de la presencia de las comunidades indígenas y la omisión del derecho fundamental a la Consulta Previa libre e informada en varios proyectos petroleros, por lo que las comunidades han tenido que recurrir a reestablecer sus derechos por vías de tutela exigiendo el consentimiento Previo Libre e informado tal como lo establece el Convenio 169 de la OIT Ratificado en Colombia por la Ley 21 de 1991.

La Coordinación de Derechos humanos y Paz, ante la solicitud de ACILAPP, ratifica el trabajo por el respeto a los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana, exalta y respalda la labor realizadas por los líderes indígenas que desde sus territorios luchan por la defensa de la vida y el territorio ancestral, señala ROBINSON LÓPEZ Coordinador DD.HH. y Paz OPIAC, haciéndole un llamado al gobierno nacional para que salvaguarde los derechos, del pueblo Murui de la comunidad Monai de Jitoma y así asegurar la pervivencia de un pueblo que está a portas de desaparecer.

El Coordinador DD.HH. y Paz OPIAC, también expresa que acudirá a las instancias internacionales para la defensa del Consentimiento previo libre e informado obligatorio, como medida de especial protección de los derechos Humanos, de las comunidades indígenas en inminente riesgo de desaparecer que en este momento están amenazas por el desarrollo de proyectos de hidrocarburos.

 

 

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